El Juzgado de Letras del Trabajo de Concepción condenó a la Defensoría Penal Pública por el despido discriminatorio y con vulneración de derechos fundamentales de una funcionaria desvinculada en julio del año pasado, mientras contaba con fuero maternal.

En el fallo, la magistrada Valeria Garrido Cabrera acogió la acción de tutela laboral, tras establecer el despido discriminatorio de la demandante y ordenó al organismo público pagar una indemnización total de $30.305.264 a la trabajadora por las prestaciones laborales adeudadas y daño moral.

La resolución indica que la funcionaria gozaba de fuero maternal a la época de la separación, que ocurrió a contar del 1 de julio de 2018; por lo cual la Defensoría, en cuanto se puso en su conocimiento el estado de la afectada, debió reincorporarla y solicitar al tribunal su desafuero, pero al no hacerlo “se han vulnerado garantías fundamentales de la mayor trascendencia”.

La resolución agrega que “el aparente desempeño deficiente de la actora, detectado en solo un mes de labores y luego de casi 9 años sirviendo en la institución, en concepto de esta sentenciadora no es tal, y su desvinculación, se traduce en un acto discriminatorio, no habiéndose consignado fundamentos ni motivaciones en resolución alguna acompañada a este juicio, y afectando a una mujer sujeta a fuero maternal, situación puesta en conocimiento de la máxima autoridad de la Defensoría Penal Pública”.

Por tanto, el fayo concluye que se acoge la denuncia interpuesta por Marisol del Carmen Bauzá Contreras y se condena a la Defensoría Penal Pública al pago de las siguientes prestaciones con reajustes e intereses:

1.- La suma de $7.641.070, por concepto de indemnización adicional, prevista en el artículo 489 del Código del Trabajo, equivalente a 10 remuneraciones de la demandante.

2.- La suma de $7.000.000, por concepto de indemnización por daño moral.

3.- La suma de $15.664.194, por concepto de remuneraciones por el tiempo que ampara a la trabajadora, el fuero maternal, transgredido por la demandada.

4.- Como medida reparatoria se ordena además a la demandada, la elaboración y entrega a la actora de una carta de recomendación para futuros trabajos, en el plazo de 5 días contados desde que este fallo quede ejecutoriado, bajo apercibiendo de imponer una multa ascendente a 100 Unidades Tributarias Mensuales, la que podrá repetirse hasta obtener el debido cumplimiento de lo ordenado.

Finalmente, se condena en costas a la demandada por haber sido totalmente vencida, las que se regulan en el 20% de lo ordenado pagar, esto es, la suma de $6.061052.