Organizaciones como la Coordinadora Arauco Malleco (CAM) y Resistencia Mapuche Malleco (RMM) no están fuera de ley. De hecho, en julio de 2022, el Tribunal Constitucional (TC) declaró como inadmisible el requerimiento que buscaba proclamar como inconstitucionales a estas organizaciones, responsables de la violencia en el sur del país.
El TC consideró que lo expuesto en la solicitud excede sus atribuciones y que era competencia de la justicia penal. Hoy, la nueva Constitución llena este vacío con el artículo 15.4, el cual apunta a las organizaciones violentistas, habiendo sentencia contra sus integrantes, serán declaradas inconstitucionales por el Tribunal Constitucional a solicitud de la víctima u otra persona.
Con ello, ninguna organización violentista puede tener existencia jurídica en Chile ni podrán ser validados por autoridades o instituciones.
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