Fuente: Adn
Ante el fin del estado de excepción por el covid-19 en el país, el Ministerio de Educación entregó los nuevos protocolos para las clases presenciales en la educación superior. Señala la nota de Adn.
Entre las novedades está que se elimina la exigencia de mantener un metro de distancia en campus o sedes que cuenten con un 80% o más de los estudiantes con esquema de vacunación completa.
Sin embargo, el uso de mascarillas y lavado de manos frecuente será obligatorio, al igual que disponer de alcohol gel en, al menos, un 70% de los recintos.
“El llamado es a que las instituciones que aún no han retornado a la presencialidad o lo han hecho de una manera incipiente hagan sus máximos esfuerzos por realizar la mayor cantidad de actividades de carácter presencial, porque ello tiene un efecto tremendamente beneficioso entre los estudiantes, tanto por la recuperación de los aprendizajes como por su efecto en su salud mental”, señaló el subsecretario de Educación Superior, Juan Eduardo Vargas.
A continuación te dejamos las principales directrices de los nuevos protocolos para la educación superior:
Medidas para la realización de clases, talleres, laboratorios y reuniones en aquellas sedes o campus que alcancen un porcentaje de esquema completo de vacunación de 80% o más de sus estudiantes:
- Uso adecuado de mascarillas, es decir, que cubra nariz y boca, por parte de todos los estudiantes, profesores y personal en general que participen de la actividad.
- Mantener una ventilación adecuada de los espacios cerrados.
- Para las actividades en campos clínicos, se deben considerar las medidas recomendadas por el Ministerio de Salud para esos efectos.
- En todo tipo de actividades presenciales, deberá mantenerse un registro de los asistentes, con el objeto de poder hacer la debida trazabilidad, en caso de ser necesario.
- Espacios como bibliotecas, lugares de estudio, salas de estar y otros podrán utilizarse, velándose por el correcto uso de mascarillas.
- Otro tipo de actividades tales como conferencias, seminarios, conciertos, ceremonias de titulación y similares deberán regirse por lo establecido en la Resolución N° 994, del Ministerio de Salud.
Sobre las actividades deportivas de carácter formativo:
- Podrán realizarse actividades deportivas al aire libre de carácter formativo. Respecto de otras actividades deportivas del mismo carácter podrán realizarse, considerándose una adecuada ventilación.
- Respecto al uso de baños y camarines, en los espacios comunes se deberá usar mascarilla adecuadamente, es decir, que cubra nariz y boca.
- Respecto al uso de piscinas, se deberá mantener una distancia física de dos metros lineales, entre las personas, al encontrarse dentro del agua.
Medidas para la realización de clases, talleres, laboratorios y reuniones en aquellas sedes o campus que no alcancen un 80% de sus estudiantes con esquema de vacunación completo.
- Aplican las mismas que en el caso anterior, a las que se suma la siguiente:
- Mantener la distancia física mínima de 1 metro lineal entre personas, junto con una adecuada ventilación de los espacios. En el caso de talleres, laboratorios, salas de clases u otras instalaciones donde no sea posible mantener permanentemente el distanciamiento físico se deberá velar en forma especial por la adecuada ventilación en las instalaciones, además del uso correcto de las mascarillas. Indica la nota de Adn.
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