Fuente: Publimetro
Mediante la publicación del decreto en el Diario Oficial, el Gobierno a través del Ministerio de Salud confirmó que a partir de este lunes 19 de octubre se permitirá la reapertura de los locales dedicados a oficios religiosos, así como de cines, teatros y gimnasios. Para la reapertura se establecen algunas condiciones especiales atingentes a las normas sanitarias propias de la pandemia que afecta al país. Indica la nota de Publimetro.
a. Los oficios, ritos o ceremonias no podrán exceder las dos horas de duración.
Por otra parte, hace referencia a los cines y teatros, indicando que “se permite el funcionamiento de cines, teatros y análogos, sin venta ni consumo de bebidas y alimentos, hasta el 50% de su aforo y guardando una distancia mínima de un metro entre los asistentes”.
Asimismo, informa que “se permite el funcionamiento de gimnasios abiertos al público, sujeto a las siguientes reglas:
a. No está permitido el uso de camarines ni lugares cerrados que no sean absolutamente esenciales para el adecuado funcionamiento de las actividades deportivas del gimnasio.
b. La distancia entre las máquinas de ejercicios deberá ser de un mínimo de 2 metros entre ellas.
c. El aforo en la sala de máquinas no podrá superar 1 persona cada 10 metros cuadrados.
d. En el caso de clases grupales, no podrá haber más de 10 personas en cada sala, distanciadas al menos 2 metros entre ellas.
Cuarentena obligatoria para quienes ingresen al país
Por otra parte, además de la reapertura de ines y gimnasios, el anuncio del Ministerio de Salud establece normas en relación a las medidas que deben cumplir las personas que ingresen al país.
Señala:”Dispóngase que las personas que ingresen al país, sin importar el país de origen, deben cumplir con la medida de cuarentena por 14 días. Esta medida tendrá el carácter de indefinida, hasta que las condiciones epidemiológicas permitan su suspensión. Indica la nota de Publimetro.
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