Fuente: Emol
“Es un reajuste que está por debajo de la expectativa de muchos, pero que parece realista ante la coyuntura extrema que vivimos hoy”. Así, el ministro de Hacienda, Ignacio Briones, defendió ayer el proyecto de reajuste de salario mínimo que impulsa el Gobierno y que el miércoles sufrió un traspié en el la Cámara de Diputados, donde se rechazó la idea de legislar la iniciativa por encontrarla insuficiente. Indica la nota de Emol.
“Este reajuste de $6 mil que planteamos ayer no es distinto de los dos últimos reajustes en el Gobierno de la Presidenta Bachelet, cuando no había crisis, cuando las tasas de desempleo eran distintas a las de hoy día”, sostuvo el jefe de la billetera fiscal a Tele13 Radio, donde aprovechó de criticar la propuestas del PC: “Nadie puede pretender tener un reajuste de $30 mil en circunstancia en que en los últimos 10 años nunca ha habido un reajuste de $30 mil, pese a haber tenido años de bonanza y bajo empleo. Creo que hay que ser serios”.
En términos porcentuales, el mayor ajuste fue en 1990, cuando anotó un alza del 44%, de $18 mil a $26 mil. Desde 2010 a la fecha, el salario mínimo ha crecido 86%, anotando un promedio por alza en los 13 reajustes que se han hecho desde ese año de $11.107, y un promedio en la variación porcentual de 4,9%. Cifras que están por encima de lo que propone el Gobierno, mientras que los $22.500 que propone la oposición -lo que significaría un reajuste del 7%- está por sobre lo que se lleva haciendo hace 10 años en el país. Desde 1990 a 2020 el salario mínimo en Chile ha crecido 1.133% con un promedio por reajuste en estas tres décadas de $8.897.
Durante estos años, la menor alza del guarismo en monto fue el 1 de julio de 2004, subiendo $4.352, y la variación porcentual más baja fue el 1 de enero de 2018, cuando creció 2,2% (ver la evolución del salario mínimo abajo). La evolución del salario mínimo en Chile El ingreso mínimo mensual tiene su origen en 1970, cuando el país firmó el convenio 131 y el Acuerdo 134 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), los que obligaban a los países firmantes a establecer este tipo de remuneraciones. Sostiene la nota de Emol.
Precisamente la OIT define este sueldo como “la cuantía mínima de remuneración que un empleador está obligado a pagar a sus asalariados por el trabajo que éstos hayan efectuado durante un período determinado, cuantía que no puede ser rebajada ni en virtud de un convenio colectivo ni de un acuerdo individual”.
Precisamente la OIT define este sueldo como “la cuantía mínima de remuneración que un empleador está obligado a pagar a sus asalariados por el trabajo que éstos hayan efectuado durante un período determinado, cuantía que no puede ser rebajada ni en virtud de un convenio colectivo ni de un acuerdo individual”. Mientras que su finalidad es proteger a los trabajadores de salarios “indebidamente” bajos, con la idea de “eliminar la pobreza y asegurar la satisfacción de necesidades de todos los trabajadores y sus familias”.
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